LA LEY
ANDALUZA 11/2003, DE 24 DE NOVIEMBRE, DE PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES, DEDICA SU
CAPÍTULO IV A REGULAR LAS CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS CENTROS VETERINARIOS
Y CENTROS PARA LA VENTA, ADIESTRAMIENTO Y CUIDADO TEMPORAL DE LOS ANIMALES DE
COMPAÑÍA.
Una vez puesto en marcha este
Registro Municipal, se hace necesario concretar, a través de un Reglamento
Interno, todos los aspectos relativos al funcionamiento y procedimiento de inscripción
en dicho Registro con el fin de unificar criterios, alcanzar la máxima eficacia
y dar la mayor claridad posible en el ámbito de las actividades relacionadas con
animales de compañía.
El pasado 23 de enero fue publicado
en el Boletín oficial de la Provincia de Cádiz el Reglamento Interno regulador
del Registro Municipal de Centros Veterinarios y Centros para la venta,
adiestramiento y cuidado de los animales de compañía de Chipiona, por lo que
durante los próximos días, personal de la Delegación Municipal de Medio
Ambiente visitará todos los establecimientos que en nuestra localidad tengan
relación con este Reglamento ( centros veterinarios, estética animal,
establecimientos para la práctica de la equitación…) para realizar la ficha
correspondiente para su incorporación al Registro Municipal.
El Delegado de Medio
Ambiente Manuel Rodríguez Gómez se muestra muy satisfecho por esta medida, que
va a permitir disponer de un censo fiable de los establecimientos cuya
actividad está relacionada con los animales de compañía a efectos no sólo
estadísticos, sino también para garantizar el control del cumplimiento de la
normativa sobre protección animal por parte de sus titulares; y todo ello en el
marco de una gestión pública orientada hacia la protección y el control de los
animales de compañía tal y como demanda la sociedad en la que vivimos.
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